Ciudadania Italiana

Ciudadania, preguntas y respuestas

Ciudadania, preguntas y respuestas

  1. ¿QUÉ NECESITO PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA COMO DESCENDIENTE DE ANTEPASADO ITALIANO? Actas de nacimiento, matrimonio y defunción de todas las generaciones a partir del antepasado nacido en Italia. De este último debe presentar el Certificado de No Naturalización de la Cámara Nacional Electoral https://www.electoral.gob.ar/nuevo/paginas/btn/tyf.php
  2. En caso de naturalización, se necesita la Sentencia. Se aconseja leer detenidamente .la Guía completa publicada en el sitio web.
  3.  ¿DÓNDE Y CÓMO DEBO SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA? Donde reside legalmente, según lo indicado por su DNI. Se considera residencia legal aquella de más de 6 meses en un sitio. Si Ud. reside en Mendoza, San Juan o San Luis, debe presentar la solicitud en este Consulado El turno se obtiene únicamente a través del Prenota On Line.
  4. SI OTRO FAMILIAR YA PRESENTÓ LA DOCUMENTACIÓN DE MIS ASCENDIENTES EN EL CONSULADO DE ITALIA EN MENDOZA, ¿DEBO VOLVER A PRESENTARLA? NO. En principio, la documentación ya presentada en este Consulado no le será requerida nuevamente. El día del turno, se podrá verificar el expediente familiar y se le indicará la eventual necesidad de completar/actualizar esa documentación.
  5.  SI LA DOCUMENTACIÓN DE MIS ANTEPASADOS YA FUE PRESENTADA EN OTRO CONSULADO, ¿PUEDO UTILIZARLA PARA EL TRÁMITE QUE REALIZARÉ? NO. La documentación presentada en otra Sede Consular NO puede ser utilizada. NO se traspasan ni comparten ni devuelven carpetas.
  6.   ¿ES NECESARIO QUE MI PADRE/MADRE SOLICITE EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA PARA QUE YO PUEDA HACERLO? NO. No es necesario. De todos modos, UD. deberá presentar las actas de su padre/madre, y demás ascendientes.
  7.  CON MI TURNO, PUEDO PRESENTAR DOCUMENTACIÓN DE MIS HERMANOS U OTROS FAMILIARES PARA SU PROPIO RECONOCIMIENTO? NO. No es posible. Cada adulto mayor de 18 años debe contar con su propio turno. La documentación que presente, puede servirle a otros.
  8.   ¿CÓMO SE PRESENTAN LAS ACTAS Y SENTENCIAS? – las actas argentinas emitidas por el Registro Civil antes del 01.07.1990 deben contar con la Apostilla de La Haya*; – las actas argentinas físicas/papel emitidas por el Registro Civil luego del 01.07.1990 no requieren Apostilla de La Haya*; – las actas argentinas digitales tienen una validez de consulta de 6 meses, superada esa fecha, requieren de Apostilla de la Haya*; – las actas argentinas parroquiales deben contar con sello de la parroquia, del Arzobispado, y Apostilla de la Haya*; – las actas extranjeras deberán ser legalizadas con Apostilla, la traducción deberá realizarse en el país de origen y contar con la conformidad de traducción del Consulado Italiano de dicha circunscripción o con Apostilla de la Haya (solo países miembros) también sobre la traducción. *La Apostilla se requiere a fin de verificar la autenticidad del documento en ámbito internacional. Se solicita en: Colegio Notarial Provincial. Todas las actas deben ser traducidas al italiano. (No existe una lista de traductores sugerida por el Consulado) Las sentencias (naturalización, adopción, divorcio) deben estar completas, legalizadas, apostilladas y traducidas al italiano.
  9.  NO CONSIGO TURNO. LAS ACTAS, SENTENCIAS Y TRADUCCIONES, ¿VENCEN? NO, las actas y sentencias no vencen. Sin embargo, considere el punto 8 para la validez de las actas digitales. Se solicita NO hacer el pago del arancel consular (300€) hasta no contar con el turno ya que no se efectúan devoluciones de ningún tipo.
  10. ¿CUÁNTO TARDAN EN COMUNICAR EL RESULTADO DE LA CIUDADANÍA? La Ley Italiana (D.P.C.M. n.33 del 17/01/2014) prevee 730 días para tratar los expedientes.

 

Comitato Italiani all’Estero-Circoscrizione Consolare Cordoba

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRAMITAR EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANIA ITALIANA

LINEA PATERNA:       no hay límite en el número de generaciones.

LINEA MATERNA:     el/la hijo/a de la ciudadanía italiana deberá haber nacido después del 1.1.1948.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

(TODOS LOS DOCUMENTOS QUE SE PRESENTARAN EL DIA DEL TURNO AL CONSULADO DEBEN SER ORIGINALES NO ACEPTAN FOTOCOPIAS NI COPIAS DIGITALES)

DEL ASCENDIENTE NACIDO EN ITALIA

1)   Acta de nacimiento (EN ORIGINAL EMITIDA POR LA COMUNA DE NACIMIENTO)

2)   CERTIFICADO DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN- CÁMARA NACIONAL ELECTORAL que certifique que el ascendiente no ha adquirido la ciudadanía argentina, y por lo tanto no resulta en los patrones nacionales. (Si hubiese adquirido la ciudadanía argentina mientras el hijo o hija descendiente era menor de edad, será necesario presentar la “Sentencia de naturalización” otorgada por el Juzgado competente;

3)    Acta de matrimonio:   si la persona no ha fallecido, el acta deberá tener un máximo de 6 meses desde la emisión)

4)    Acta de defunción (si hubiera fallecido)

DE CADA UNO DE LOS DESCENDIENTES EN LÍNEA DIRECTA HASTA LLEGAR AL INTERESADO:

1)      Acta de nacimiento

2)      Acta de matrimonio (si la persona no ha fallecido, el acta       deberá tener un máximo de 6 meses desde la emisión)

3)    Acta de defunción (si hubiera fallecido)

DE CADA UNO DE LOS SOLICITANTES MAYORES DE EDAD

1) Acta de nacimiento

2) Acta de matrimonio actualizada (máximo 6 meses)

3) Acta de divorcio (si hubiese) copia fiel apostillada y traducida con inclusión de la apostilla. (Máximo de 6 meses desde la emisión)

TODOS LOS DOCUMENTOS EN CASTELLANO DEBERÁN SER PRESENTADOS EN ORIGINAL Y TRADUCIDOS AL ITALIANO.

PARA INSCRIBIR LOS HIJOS MENORES DE LOS QUE SOLICITAN LA CIUDADANÍA:

(Los hijos menores pueden ser inscritos el mismo día que el solicitante presente su documentación personal para la obtención de la ciudadanía)

El día del turno junto a la documentación requerida, presentar el acta de nacimiento del menor, original traducida al italiano y fotocopias simples del D.N.I. del menor, del D.N.I. del padre y del D.N.I. de la madre

TURNOS

En este momento, a motivo de la pandemia, no están otorgando turnos.

Consultar periódicamente en la página web del Consulado, la reapertura de los mismos.

*ATENCIÓNlas modalidades para pedir el turno podrían cambiar una vez que Consulado vuelva a habilitar la gestión.

Los turnos previamente otorgados por el https://prenotami.esteri.it serán reprogramados y confirmados por mail a cada uno de los solicitantes

ATENCIÓN:

EN CUALQUIERA DE LOS CASOS LOS TURNOS SON INDIVIDUALES E INTRANSFERIBLES.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Hasta cuantas generaciones se puede tramitar la ciudadanía italiana?

No hay límites generacionales siempre que usted posea la documentación necesaria para el trámite.

—¿Mi bisabuela era italiana: Puedo tramitar la ciudadanía como descendiente de ella?

La mujer transmite la ciudadanía a partir del 1948, por lo tanto todos los que nacieron después del 1948 pueden recibir la ciudadanía de su madre.                                                                                                              En pocas palabras si una persona es descendiente de una italiana y ha nacido el 01 de enero del 1949 SI puede tramitar la ciudadanía.                                                                                                                                     Si en cambio ha nacido el 31 de diciembre 1948 NO puede tramitarla

¿Tengo parientes que tramitaron la ciudadanía en otra provincia. Me sirven las fotocopias de las partidas que ellos presentaron ?

El Consulado no acepta fotocopias de las actas. Todas las partidas deben ser originales y traducidas al italiano.

—-¿ Mi primo tramitó la ciudadanía en Córdoba (o cualquier otra provincia). Tenemos el mismo abuelo italiano. Puedo agregar mi documentación a la carpeta que él presentó y tramitar la ciudadanía aquí en Mendoza?                                                                                                                                                                     No se puede enviar documentación de un Consulado a otro , por lo tanto deberá empezar el trámite desde cero aquí en Mendoza o hacer un cambio de residencia a Córdoba (que figure en su DNI) y tramitar la ciudadanía en el Consulado de Córdoba. 

— ¿Cómo hago para recibir acta de nacimiento o matrimonio de mi abuelo/a desde Italia?

Para recibir el acta original se debe enviar el formulario de solicitud por carta certificada. Para que la Comuna no tenga que pagar el envío, deberá incluir en el sobre, un cupón de respuesta internacional” que se compra en Correo Argentino oficina central: Av. San Martín 678, Mendoza Ciudad.

¿Estoy divorciado/a. Debo presentar mi acta de matrimonio o sólo la de divorcio?

Sí, debe presentar su acta de matrimonio y copia de la sentencia de divorcio apostillado y traducido que tenga un máximo de 6 meses desde su emisión. No es suficiente presentar sólo el acta de matrimonio con la nota marginal del divorcio. Se necesita la sentencia

¿Cómo hago para saber si mi ascendiente nacido en Italia, se naturalizó argentino?

Para saber si su ascendiente italiano se ha naturalizado deberá enviar un formulario a la Cámara Nacional Electoral. Las instrucciones y el formulario se encuentran en: https://www.electoral.gob.ar/nuevo/paginas/btn/tyf.php

¿Qué debo presentar el día del turno?

  1. Otorgación del turno impresa desde el mail de confirmación enviado por el Consulado.
  2. Formulario de solicitud de ciudadanía 
  3. DNI
  4. Ticket de pago del arancel o comprobante de transferencia
  5. Documentación necesaria para el trámite.